Caducidad procedimiento sancionador. Dies a quo

La caducidad es un modo de finalización del procedimiento administrativo, que adquiere transcendencia cuando se trata de procedimientos iniciados de oficio en los que se ejercen potestades sancionadoras. Dicho instituto es de especial interés para las Comunidades de Regantes, al ostentar en muchas ocasiones la consideración de interesadas en los procedimientos sancionadores incoados por los Organismos de Cuenca.

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Comunidades de Regantes. Obtención de la condición de beneficiarias de subvenciones

Constituye el objeto del presente análisis determinar si, a los efectos de lo dispuesto en el artículo en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y para la obtención de la condición de beneficiarias, las Comunidades de Regantes se encuentran sometidas a los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (BOE núm. 314, de 30 de diciembre de 2004). Lo anterior, indudablemente, amén de lo que se establezca en la respectiva norma […]

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Registro de ALIAS

Es muy usual que las Comunidades de Regantes remitan mensajes de texto para comunicar cuestiones de interés a sus comuneros, identificándose con un alias; esto es, con un nombre alfanumérico (letras, números combinados con letras u otros caracteres), en lugar de con un número de teléfono.

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La convocatoria de las Asambleas Generales de las Comunidades de Regantes “intracomunitarias”. Su publicación en el BO correspondiente.

En el artículo de este blog titulado “La convocatoria de las Asambleas Generales de las Comunidades de Regantes. Su publicación en el BOE”, analicé el artículo 218 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico tras la reforma operada por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio (BOE del 31 de agosto).

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Infraestructura de riego & Utilización exclusiva medios de producción ajenos

El índice corrector «utilización de medios de producción ajenos en actividades agrícolas», viene regulado en las Órdenes que anualmente desarrollan el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. En concreto, y por citar la última, la Orden HFP/1359/2023, de 19 de diciembre, señala que sobre el rendimiento neto minorado se aplicará, cuando corresponda, el siguiente índice corrector:

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