A la vista del contenido de la Disposición Transitoria Décimo Primera y los artículos 240 bis y 240 ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, no cabe duda de que constituye una cuestión de mucha actualidad la representación cartográfica del dominio público hidráulico. Más aun a la vista de que algún Organismo de Cuenca ya está sometiendo a información pública su primer inventario de cauces públicos (vid. Anuncio de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 15 de enero de 2026; BOE núm. 19, de 21 de enero de 2026).
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